ORDEN DE DOMICILIACIÓN Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el CLIENTE autoriza a Aplicaciones cloud y sistemas, S.L. con CIF B67043885 a enviar instrucciones a su entidad para efectuar los adeudos en su cuenta. Como parte de sus derechos, el CLIENTE está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN Estas condiciones generales (en adelante, “las Condiciones Generales»), regulan los términos y condiciones por los que se rigen los contratos que se suscriban de una parte Dña. Maria Isabel Pérez Fernández con DNI nº 47150507R, que actúa en nombre y representación de Aplicaciones cloud y sistemas, S.L. con domicilio social en Terrassa, en la calle Sant Pere 49, y con CIF B67043885, en virtud de escritura que tiene otorgada ante la notaria de Barcelona A. GARCIA ARANA, el día 5 de julio de 2017, con el número de su protocolo 2017/1096 (en adelante «APPS PROTECT»), y de otra parte la persona física o jurídica cuyos datos aparecen en las Condiciones Particulares del Contrato (en adelante, «el CLIENTE») que contrata los servicios de APPS PROTECT, sin perjuicio de las Condiciones Particulares que en relación con cada contrato puedan ambas partes (en adelante «las Partes») acordar. La aceptación sin reservas de las presentes Condiciones Generales deviene indispensable para la prestación de APPS PROTECT de los servicios objeto del Contrato. El CLIENTE manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado las presentes Condiciones Generales, puestas a su disposición, en todo momento, con carácter previo a la contratación y en la siguiente página web: appsprotect.com/contratos

1. Interpretación. Al vínculo jurídico creado entre las Partes, cuya voluntad queda expresada única, exclusiva y completamente a través de las presentes Condiciones Generales, los contratos de servicios que suscriban y aquellos Anexos que las partes de mutuo acuerdo decidan incorporar, se les denomina en lo sucesivo «el Contrato». En caso de contradicción entre estas Condiciones Generales y los términos y condiciones recogidos en las Condiciones Particulares que las Partes puedan pactar en otros documentos (en adelante «Condiciones Particulares»), prevalecerán siempre estos últimos en cuanto se contradigan.

2. Registro de Aplicaciones cloud y sistemas SL inscrita en el registro de empresas con referencia 2017C3604380218F y nº justificante 0368070267241 como Explotación electrónica por terceros.

3. Objeto del Contrato. La prestación por parte de APPS PROTECT de los servicios que se describen en este Contrato (en adelante, Sistema Protect) y en las Condiciones Particulares que las Partes expresamente acuerden en relación con el arrendamiento o subarrendamiento del software instalado, entendiéndose por éste el software de antivirus y soporte remoto, según se define más adelante y los demás elementos que contrate el CLIENTE en Condiciones Particulares, instalación, mantenimiento correctivo y preventivo del Sistema informático de la empresa. A estos efectos, se oferta al CLIENTE un servicio, cuya descripción detallada se le ha facilitado en el proceso de venta con el fin de que esté en condiciones de elegir cuál de ellos se ajusta más a sus necesidades, todo ello sin perjuicio de las adiciones o modificaciones que pudieran proceder en cada caso concreto y que, en todo caso, quedarán consignadas en las Condiciones Particulares. Los elementos materiales y servicios contratado del Servicio Apps Protect son los descritos en la condición 8 siguiente. El CLIENTE reconoce que el pleno dominio del software y pegatinas indicadoras de la instalación y/o funcionamiento del Sistema Protect corresponde en todo momento a APPS PROTECT. El Sistema instalado se cede por APPS PROTECT al CLIENTE en régimen de arrendamiento o subarrendamiento en el momento de entrada en vigor del Contrato, atendiendo a lo dispuesto en la condición 4 siguiente, si bien queda sujeta a lo establecido en la condición 13 en el supuesto de resolución anticipada del mismo. Los elementos adicionales del Sistema que contrate el CLIENTE durante la vigencia del Contrato, incluyendo sus prórrogas, serán cedidos al CLIENTE en régimen de arrendamiento o subarrendamiento. La firma del Contrato está sometida a la aprobación previa por APPS PROTECT.

4. Duración del Contrato. El Contrato tendrá la duración inicial con permanencia de doce (12) meses desde que se produzca la instalación, y se prorrogará por sucesivos períodos de doce (12) meses. En el supuesto de que la baja del CLIENTE se produjera en los primeros doce meses, incumpliendo con el compromiso de permanencia pactado, el CLIENTE deberá abonar la penalización establecida en la condición 12 del contrato, salvo que se haya establecido una duración y permanencia diferentes mediante anexo promocional, en cuyo caso prevalecerá lo acordada en el anexo. Transcurrido el periodo de permanencia, el CLIENTE podrá darse de baja en cualquier momento y sin necesidad de alegar causa alguna, comunicándolo con un preaviso mínimo de 30 días a la fecha de finalización del contrato, a través del correo electrónico gestiondeclientes@appsprotect.com o telefónicamente a través del teléfono 938548958, o del habilitado para tal efecto, y sin formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en Derecho. Del mismo modo, transcurrido el periodo de permanencia pactado, APPS PROTECT, podrá dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin necesidad de alegar causa alguna, preavisando al CLIENTE con un mínimo de 60 días de antelación a la fecha efectiva de resolución. En caso de resolución del contrato por cualquier causa, el CLIENTE deberá devolver cualquier equipo en préstamo, desinstalar cualquier software de protección o de asistencia , según lo indicado en la condición 12 del Contrato.

5. Precio.

5.1.- Los precios pactados en las Condiciones Generales y Particulares no incluyen el IVA de aplicación en el momento de la contratación en Península y Baleares (en adelante, Impuestos). Para el resto de los territorios se ajustará el importe al impuesto de aplicación: IPSI en Ceuta y Melilla, IGIC en Canarias. En todos los casos, el pago de los impuestos será de cuenta y cargo del CLIENTE.

5.2.- Salvo las cantidades a satisfacer por otro medio por el CLIENTE acordadas expresamente en las Condiciones Particulares, cualquier otra que resulte del mismo será satisfecha mediante adeudo bancario en la cuenta y entidad que este designe. Cualquier modificación por parte del CLIENTE de dichos datos sólo surtirá efecto frente a APPS PROTECT desde que tenga conocimiento de la misma, por lo que, el CLIENTE, se compromete a notificar cualquier modificación con la antelación debida mediante escrito dirigido a APPS PROTECT o por los medios habilitados para ello.

5.3.- El precio de los servicios objeto de este contrato se establece conforme a la tabla de precios incluida en el Anexo de estas Condiciones Generales, que detalla dicho precio para las diferentes opciones en base al servicio seleccionado.

5.4.- Sin perjuicio de los precios pactados en las Condiciones Particulares, las Partes acuerdan que los precios de actuaciones que excedan de los servicios especificados en el Contrato se facturarán conforme a las tarifas vigentes que están publicadas en nuestra página web appsprotect.com/tarifario.

5.5. La firma del presente Contrato supone la aceptación expresa y la autorización del CLIENTE para recibir la factura en formato electrónico. El CLIENTE recibirá la factura electrónica a través de un portal electrónico que se le facilitará con la primera factura a la cuenta de correo electrónico que se designe en el contrato.

Una vez realizado el registro, el CLIENTE podrá visualizarla a través de dicho portal. El CLIENTE podrá en cualquier momento revocar este consentimiento solicitando el envío de factura en formato papel al correo electrónico del Servicio de Atención al CLIENTE de APPS PROTECT: gestiondeclientes@appsprotect.com.

6. Revisión de precio y modificaciones contractuales.

6.1.- El precio a satisfacer por el CLIENTE por la prestación de los servicios contratados será revisado al alza el día 1 de enero de cada año, en la misma proporción en que varíe el Índice General de Precios al Consumo (IPC), o índice que lo sustituya, del conjunto nacional, correspondiente al interanual de noviembre del año anterior, publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) u organismo oficial que pueda sustituirlo en sus funciones. Asimismo, APPS PROTECT podrá modificar las presentes Condiciones Generales y proceder a la revisión de los precios vigentes por los siguientes motivos: si durante cualquier momento de vigencia del presente Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, se produjese: (i) un incremento de los costes para APPS PROTECT, derivados del personal empleado en la prestación de los servicios objeto de contratación o por la necesidad de introducir, sustituir o actualizar elementos materiales o inmateriales, en el Sistema de Seguridad objeto del Contrato, como consecuencia de la entrada en vigor de normas jurídicas generales o especiales, cualquiera que sea su rango normativo, convenio colectivo, y/o de la ejecución de sentencia judicial o resolución administrativa; (ii) variaciones de las características técnicas de los equipos o redes; (iii) cambios tecnológicos que afecten al Servicio de Seguridad; y (iv) variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del Servicio y/o evolución del mercado que produzcan un desequilibrio económico en la prestación del servicio. Las revisiones de los precios o la modificación contractual serán comunicadas al CLIENTE por correo electrónico o en su defecto, por carta dirigida al domicilio que conste en el Contrato, con al menos un (1) mes de antelación respecto del día en que deba ser efectiva dicha modificación. En caso de disconformidad con la modificación de condiciones o de precios, el CLIENTE podrá resolver el Contrato conforme a lo previsto en la cláusula 4, sin que resulte derecho indemnizatorio alguno a favor de ninguna de las Partes, sin perjuicio de las obligaciones de pago de las cuotas del Servicio de Seguridad que estén, en su caso, pendientes de pago hasta la fecha de finalización del Contrato. Transcurrido un (1) mes a contar desde la recepción de la comunicación sobre la modificación de condiciones o de precios, sin que medie resolución del CLIENTE, se entenderán aceptadas las modificaciones, sin perjuicio del derecho del CLIENTE de resolver el contrato en cualquier momento y sin necesidad de alegar causa alguna durante la vigencia del Contrato, conforme a la condición 4 del Contrato.

6.2.- Los precios que servirán de base para la primera y sucesivas revisiones serán los que en cada momento vengan abonándose.

7.Garantía.Software: Todo defecto de software que afecte al funcionamiento del Sistema. Comprendiendo únicamente la reposición o, en su caso, la reparación de los elementos afectados siempre que hayan sido facilitados por APPS PROTECT, revisión de la instalación, comprobación o sustitución del software.

8. Obligaciones de APPS PROTECT en función de los servicios contratados.
8.1.- Servicios incluidos.
8.1.1.- Instalación de software antivirus y conexión en remoto para supervisión, análisis de amenazas y asistencia remota.
8.1.2.- Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo del sistema informático, tanto en modalidad de asistencia remota como presencial en el domicilio de la empresa.
8.1.3.- Servicio de Consultoría y Asesoramiento para la mejora de los sistemas informáticos y la seguridad.

9. Obligaciones del CLIENTE.
9.1.- El CLIENTE reconoce haber sido informado de la obligación que tiene de ajustarse al uso responsable de los sistemas informáticos en modo de prevención de posibles riesgos para la seguridad de estos, evitando instalación de software no legal y la divulgación de contraseñas de los sistemas.

9.2.- Cuidar con la debida diligencia sus propios equipos, evitando su manipulación por personal no autorizado por APPS PROTECT. En este sentido, APPS PROTECT no será responsable de cualquier mal funcionamiento sufrido por el Sistema informático y las consecuencias derivadas de ello.

9.3.- Permitir al personal de APPS PROTECT el acceso, tanto físico (lugar de la instalación) como lógico, entendiendo por lógico el acceso a la programación del mismo en aquellos supuestos que el nivel de acceso a los sistemas informáticos lo requieran, al objeto de que se efectúe el Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema informático y, en su caso, reparación que proceda.

9.4.- Comunicar a APPS PROTECT con la mayor urgencia cualquier avería y/o incidencia que detecte de sus sistemas, a los efectos de evitar un agravamiento de estos y, en general, cualquier particularidad que, de forma directa o indirecta, afecte o pueda afectar a los servicios objeto del presente contrato, a los efectos de la plena operatividad de sus sistema informático, y de la correcta prestación del servicio acordado, no siendo responsable APPS PROTECT de cuantos siniestros, daños o perjuicios pueda sufrir el CLIENTE como consecuencia de la falta de comunicación de tales eventos. El CLIENTE deberá notificar inmediatamente a APPS PROTECT por escrito a través del correo electrónico sat@appsprotect.com, a través del formulario de soporte online appsprotect.com/sat o telefónicamente a través del teléfono 938548958, o el habilitado para tal efecto cuando se produzca cambio de operador o de servicios telefónicos (p.ej: FIBRA, RDSI, etc.), quedando APPS PROTECT exonerada de responsabilidad en caso de falta de notificación inmediata.

9.5.- A no ser que se mencione lo contrario en las Condiciones Particulares del Contrato o que forme parte del servicio contratado, el CLIENTE tiene la obligación de disponer de la infraestructura adecuada de telecomunicaciones (ADSL, fibra o cualquier otro medio de comunicación que permita el correcto funcionamiento de su Sistema informático). APPS PROTECT no será responsable de los fallos o cortes de servicio que puedan tener los diferentes operadores de telecomunicaciones en cualesquiera de los canales de red y/o de banda ancha.

9.6.- APPS PROTECT podrá no proceder a la instalación del Sistema de Seguridad en excepcionales casos en los que se compruebe que los equipos informáticos no disponen de las condiciones o recursos necesarios para su instalación y para la adecuada prestación del Servicio de Seguridad, con arreglo a lo dispuesto en la normativa aplicable y/o a los criterios de seguridad de APPS PROTECT. En dicho supuesto, se entenderá como no celebrado el Contrato, sin que resulte derecho indemnizatorio alguno a favor de ninguna de las Partes.

9.7. Prevención de riesgos laborales. La presente condición no será de aplicación en los supuestos que los servicios se desarrollen en un domicilio particular al no ser necesaria la coordinación de actividades empresariales, siempre y cuando APPS PROTECT no concurra con otras empresas o trabajadores autónomos. A los efectos de cumplir con la coordinación de actividades empresariales establecida en el artículo 24.2 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y Real Decreto 171/2004 de 30 de enero que lo desarrolla, el CLIENTE facilitará, en los términos previstos en la legislación vigente, a APPS PROTECT toda la información e instrucciones adecuadas en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a las actividades desarrolladas, con indicación de las medidas de protección y prevención correspondientes, así como de todas aquellas otras medidas que sean de aplicación en casos de emergencia, para dar traslado de las mismas a los trabajadores asignados al servicio contratado por parte de APPS PROTECT. Por su parte APPS PROTECT, teniendo en cuenta las exigencias legales establecidas en el RD 171/2004 para la coordinación preventiva con contratas que no sean de propia actividad, informará sobre riesgos generados en el desarrollo de su actividad que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el centro, sin que proceda la aportación de cualquier otra documentación preventiva prevista en el Real Decreto 171/2004 para contratistas o subcontratistas de obras y servicios correspondientes a la propia actividad del CLIENTE y en ningún caso documentación que pudiera afectar a la legislación sobre de Protección de Datos o no existiera una base legal para su entrega. En los supuestos en los que reglamentariamente el CLIENTE tiene la obligación de facilitar la información por escrito a APPS PROTECT, cuando existan riesgos propios del centro de trabajo o cuando se generen por alguna de las empresas concurrentes, en el caso de que no se haya facilitado dicha información, se entenderá que no existen o no se generan riesgos que puedan afectar a los trabajadores concurrentes asignados al servicio contratado. En caso de incumplimiento de esta obligación, el CLIENTE deberá mantener indemne a APPS PROTECT, asumiendo las consecuencias de dicho incumplimiento.

10. Suspensión del Contrato por impago y/o abuso del servicio. APPS PROTECT se reserva el derecho a suspender de forma provisional o definitiva el Contrato en caso de impago por parte del CLIENTE de cualquier cantidad o en los términos y plazos estipulados en el Contrato, y/o en los supuestos de reiteradas intervenciones por parte de APPS PROTECT, imputables al manejo inadecuado por parte del CLIENTE o personas de él dependientes y/o a él ligadas, que provoque el inadecuado funcionamiento del Sistema informático. En caso de impago de cualquier cantidad, APPS PROTECT se reserva el derecho a ceder los datos del deudor a bases de datos de impagados sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales procedentes. Para el ejercicio de este derecho, APPS PROTECT requerirá previamente al CLIENTE por escrito para que en el plazo de 15 días proceda a subsanar el incumplimiento de pago o 7 en el caso de manejo inadecuado del Sistema informático.

11. Causas de resolución. Son causas de resolución del Contrato.

1º.- La baja voluntaria del CLIENTE. El CLIENTE podrá ejercer su derecho a poner fin al Contrato en la misma forma en que lo celebró de acuerdo a lo establecido en la condición 4 del Contrato.

2º.- Resolución voluntaria de APPS PROTECT de acuerdo a lo establecido en la condición 4 del Contrato.

3º.- El incumplimiento total o parcial de todas o alguna de las obligaciones convenidas en el mismo, si la parte a la que afecte el incumplimiento solicita su resolución. En especial, la falta de pago o el retraso injustificado en el mismo de los precios correspondientes a los servicios contratados, sin perjuicio de las acciones que en Derecho correspondan a APPS PROTECT pudiendo resolver el Contrato en este caso sin previo aviso, así como exigir el cumplimiento de lo previsto en la Condición 12.

4º.- El mutuo acuerdo de las Partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.

5º.- Por cese en la actividad.

6º.- Por causas tecnológicas. En el supuesto de que por razones tecnológicas APPS PROTECT no pudiera seguir prestando el servicio, el presente Contrato quedará resuelto de pleno derecho, con efectos a partir del momento en que tal resolución sea firme y ejecutiva, sin que las Partes se puedan exigir por ello indemnización alguna.

12.- Efectos de la resolución del Contrato. El CLIENTE, dentro del plazo de treinta (30) días desde la comunicación de la resolución del contrato, deberá devolver a APPS PROTECT, y sin necesidad de previo requerimiento, tanto cualquier equipo propiedad de APPS PROTECT en modelo de préstamo o sustitución durante reparaciones, como los elementos adicionales o software instalado.El CLIENTE deberá autorizar a APPS PROTECT y permitir el acceso al personal autorizado debidamente identificado, para que proceda a la retirada de los elementos arriba indicados en la fecha y hora que ambas Partes acuerden. El incumplimiento por parte del CLIENTE de esta devolución conferirá derecho a APPS PROTECT para reclamar el pago de los servicios prestados hasta la fecha y el valor de los equipos y software que se determine según fabricante. En caso de rotura, deterioro o pérdida de los equipos o de alguno de sus componentes, el CLIENTE será el único responsable de los costes derivados de ello. Todo ello sin perjuicio de que APPS PROTECT pueda instar las acciones judiciales que en Derecho le correspondan para promover el cese efectivo de la utilización tanto del equipo como del software y su reintegro a APPS PROTECT y al resarcimiento de demás daños y perjuicios que se le hubiesen ocasionado con motivo de la resolución del Contrato. Adicionalmente, en el caso de que el CLIENTE resolviera de manera unilateral el presente contrato antes del plazo de permanencia pactado, o que APPS PROTECT se viese obligada a resolver el contrato por las causas establecidas en la cláusula 10 del Contrato durante ese periodo, este se compromete a abonar la penalización en sustitución de la indemnización por los daños producidos, la cantidad resultante de dividir: 599,00€ (Impuestos no incluidos) por el número de meses pactado, multiplicado por cada mes o fracción de mes que reste para cumplir el plazo de vigencia acordado. Esta cantidad ha sido calculada teniendo en cuenta los costes medios invertidos durante el proceso de venta: en la elaboración del proyecto de seguridad, en la instalación, en la mano de obra, etc.

13. Limitación de responsabilidad. Con toda la extensión que permita el ordenamiento jurídico:

13.1.- APPS PROTECT estará exenta de todo tipo de responsabilidad en el caso de que el CLIENTE haga mal uso del Sistema informático o comunique de forma tardía, más de 24h, cualquier incidencia en sus sistemas.

13.2.- APPS PROTECT en ningún supuesto será responsable de los actos ilícitos que se puedan cometer en el lugar de la instalación como consecuencia del corte de los suministros debido, entre otras causas, a la falta de pago, averías, bajas en estos, así como por cortes de distribución de los mismos por causas ajenas tanto al CLIENTE como a APPS PROTECT, ya sea por obras, sabotajes o cualquier causa ajena a la voluntad y control de las Partes.

13.3.- Aún en el supuesto de que concurriera responsabilidad probada y manifiesta de APPS PROTECT por prestación negligente o defectuosa de los servicios contratados, se pacta expresamente que la responsabilidad de APPS PROTECT quedará limitada a la cantidad máxima del doble del precio del Contrato por siniestro. En relación con lo dispuesto en el párrafo anterior, el CLIENTE y/o cualquier tercero que actúe en subrogación de este, se obligan, en el supuesto de dirigir cualquier tipo de reclamación que crean que debe imputarse a APPS PROTECT, a motivar el supuesto o causa que origine dicha reclamación, indicando, en su caso, el importe de la misma, y la base que sustente el importe de dicha reclamación.

13.4.- Todas las obligaciones y responsabilidades asumidas por APPS PROTECT conforme al Contrato podrán suspenderse en caso de fuerza mayor, considerándose como tal, la guerra, revolución, disturbios, huelgas, decisiones del poder público, interrupciones de suministros y/o de servicios públicos, catástrofes naturales, riesgos nucleares, etc.

13.5.- El presente Contrato, es un Contrato de arrendamiento de servicios por lo que en ningún supuesto APPS PROTECT garantiza al CLIENTE el resultado del mismo, sino la correcta prestación de los servicios objeto de contratación atendiendo a las circunstancias concretas del lugar en relación con el Sistema de Seguridad instalado, por lo que APPS PROTECT no garantiza y no será responsable de la posible comisión de actos delictivos o dañosos en el Sistema informático del CLIENTE objeto de protección, siendo este un contrato de medios y no de resultado.

13.6.- APPS PROTECT no garantiza que la tecnología de los dispositivos y servicios que se ponen a disposición de sus clientes esté totalmente exenta de fallos o errores y que los servicios sean ininterrumpidos. No obstante lo anterior, APPS PROTECT realizará sus mejores esfuerzos para que sus dispositivos y servicios tengan un funcionamiento óptimo.

14. Cesión de créditos. El CLIENTE autoriza expresamente a APPS PROTECT para que esta proceda a la cesión a favor de terceros de los créditos que tenga contra aquel por las cantidades adeudadas en virtud del presente Contrato. En el caso de producirse esta cesión, APPS PROTECT lo comunicará oportunamente al CLIENTE. Asimismo, a efectos de posibilitar dicha cesión de créditos, el CLIENTE autoriza la cesión de sus datos personales al nuevo acreedor en el marco de la relación contractual que se establece entre ambos como consecuencia de dicha cesión de créditos.

15. Cesión. Las Partes no podrán ceder bajo ningún título o disponer en modo alguno del Contrato o de cualquier derecho derivado del mismo, salvo con el previo consentimiento por escrito de la otra parte, por excepción APPS PROTECT, siempre que la normativa vigente lo permita, podrá ceder o disponer de todo o parte de sus derechos y obligaciones derivadas del Contrato, a cualquier sociedad del Grupo al que pertenece o cualquier empresa que pueda suceder a la misma, sin que ello suponga un cambio en las condiciones contractuales acordadas con el CLIENTE.

16. Datos informáticos propiedad del cliente. APPS PROTECT no se responsabiliza en ningún caso por la pérdida o robo de los datos que almacene el CLIENTE en sus equipos o en los equipos de sistemas de copia de seguridad, tanto dentro como fuera del domicilio del cliente.

17. Protección de Datos. Responsable APPS PROTECT (Aplicaciones cloud y sistemas, S.L.) Finalidad Ejecución del contrato, incluyendo instalación, prestación del servicio, análisis de solvencia y facturación y gestión de fraudes Realización y envío de comunicaciones comerciales Perfilado para comunicarle productos y servicios más adaptados y para la realización de análisis internos y mejora de productos y servicios, en su caso, respecto de actuaciones como el análisis de solvencia patrimonial, facturación en su caso, respecto de actuaciones como facturación conjunta de servicios, gestión de altas, comercialización y promoción de productos y otras finalidades detalladas en el Contrato Otras empresas subcontratistas con fines de instalación, gestión de incidencias, comercialización y promoción de productos, así como para la prestación de otros servicios que resulten necesarios para la ejecución del contrato. Derechos Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, pueden ejercitarse en gestiondeclientes@appsprotect.com

17.1.- Responsable. Al objeto de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, (en adelante, RGPD), así como a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante, LOPDGDD), se le informa que APPS PROTECT tratará sus datos personales para las finalidades que se indican en la presente cláusula, en relación con las bases legitimadoras correspondientes. Igualmente, se informa al CLIENTE de que todos los datos que APPS PROTECT le solicite o le pueda solicitar serán los imprescindibles para el correcto cumplimento del presente Contrato, en caso contrario, le indicaremos expresamente qué datos son voluntarios. La negativa del CLIENTE a suministrar los datos obligatorios supondrá la imposibilidad de prestarle el servicio o gestionar la solicitud que realice a APPS PROTECT. Asimismo, le informamos que con el fin de poder llevar a cabo la prestación del servicio que resulta objeto de contratación, usted como CLIENTE de APPS PROTECT y usuario de dicho servicio deberá proporcionar datos de identificación de terceras personas de contacto, con el fin de poder ponernos en contacto con el titular de los datos que nos ha facilitado para la atención del servicio. Por tanto, a través de la presente condición, usted queda informado de los extremos indicados y garantiza a APPS PROTECT que antes de proporcionar estos datos de terceros (i) habrá informado previamente a los titulares de los datos de los extremos contenidos en esta condición, y (ii) que habrá recabado el consentimiento del titular de los mismos de manera inequívoca para la finalidad indicada, salvo que resulte de aplicación otra base de legitimación, de acuerdo con las exigencias contenidas en el RGPD. Asimismo, usted garantiza la veracidad de los datos de carácter personal proporcionados, pudiendo APPS PROTECT solicitarle periódicamente la revisión y actualización de los datos personales que sobre usted conserve. El cliente se compromete a comunicar a APPS PROTECT cualquier cambio en los datos del contrato, especialmente los cambios en los datos correspondientes al domicilio de facturación y de la cuenta bancaria de domiciliación de los pagos.

A continuación, se describen las diferentes finalidades con las que se tratan sus datos personales y las bases que legitiman el tratamiento:

  • 1. Legitimación por la ejecución del contrato de servicios entre usted y APPS PROTECT o aplicación de medidas precontractuales:
    • I. Formalizar la relación contractual, lo que comprenderá el proceso de contratación y firma de los contratos.
    • II.- Gestionar la relación contractual con usted y asegurar la prestación de los servicios contratados.
  • 2. Legitimación por intereses legítimos de APPS PROTECT:
    • I.- Procesar las solicitudes formuladas por los usuarios, principalmente, requiriendo información acerca de los productos y servicios de APPS PROTECT.
    • II.- Envío de comunicaciones comerciales relacionadas con productos y servicios de APPS PROTECT similares a los contratados. En este caso el interés legítimo de APPS PROTECT se basa en mantenerle informado y actualizado sobre productos o servicios que le puedan ser de su interés.
    • III.- Consultar Ficheros públicos de solvencia económica para verificar si está al corriente de pago, si tiene impagados y si los tuvo en el pasado cuánto tardó en pagarlos, lo que simplificará y facilitará el procedimiento de análisis de riesgos a la hora de contratar. En este caso, el interés legítimo de APPS PROTECT se basa en preservar la seguridad de sus operaciones y prevenir el fraude.
    • IV.- Realizar perfilados con base en sus datos personales o con base en datos anonimizados o agregados, para calcular la predisposición de adquisición de otros productos o contratación de otros servicios, que puedan ser de su interés, así como la propensión de anulación de los servicios contratados y la asignación de una evaluación. En este caso, el interés legítimo de APPS PROTECT se basa en su interés en fidelizar a sus clientes.

17.2. – Cesiones. Los datos del CLIENTE podrán ser comunicados a: (i) terceras partes a las que APPS PROTECT está obligada a transmitir información, como autoridades públicas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, jueces o tribunales.

17.3.- Plazos de retención. Como norma general, sus datos serán conservados seis años desde la finalización de cualquier posible relación contractual entre usted y APPS PROTECT, habiendo sido fijado dicho plazo de acuerdo con la normativa que en materia mercantil y sectorial resulta de aplicación. No obstante, una vez finalizado dicho período, APPS PROTECT podrá conservar sus datos durante un periodo de tiempo adicional, mientras puedan resultar exigibles responsabilidades legales o contractuales.

17.4.- Derechos del cliente. Asimismo, y a efectos de los dispuesto en la normativa vigente sobre Protección de Datos de Carácter Personal, se reconoce al CLIENTE la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición, así como el derecho a la portabilidad de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas, mediante solicitud dirigida a APPS PROTECT, S.L., en Calle Sant Pere 49, 1º 08221 de Terrassa (España), o a la siguiente dirección de correo electrónico: gestiondeclientes@appsprotect.com, adjuntando copia de su DNI o documentación acreditativa de su identidad. Igualmente, se le informa que usted podrá revocar los consentimientos otorgados cuando así lo desee, contactando con APPS PROTECT, a la dirección o correo electrónico indicados anteriormente. Por último, en el caso que Usted desee más información acerca de sus derechos en materia de protección de datos o precise presentar una reclamación podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, con domicilio en Calle Jorge Juan, 6, 28001, Madrid, con el fin de salvaguardar sus derechos.

18. Miscelánea.

18.1.- Impuestos.- Las Partes asumen y aceptan que todos los impuestos a que el presente Contrato y las actividades a que cada una de las Partes se dedique en relación con el mismo pudieran generar, serán satisfechos conforme a lo dispuesto en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones aplicables al efecto.

18.2.- Comunicaciones.- En el caso de que fuese necesario enviar cualquier comunicación a las Partes como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, se cursarán a nombre de cada parte. En el caso de CLIENTES que ostenten la condición de consumidor y usuario en atención a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, se dirigirán al lugar identificado en el Contrato de Condiciones Particulares como su domicilio, por correo electrónico, aplicación APPS PROTECT o SMS. En el resto de casos se dirigirán al lugar identificado en el Contrato de Condiciones Particulares como su domicilio social.

18.3.- Renuncias.- Ninguna renuncia o dejación del ejercicio de cualesquiera derechos o facultades de los que correspondan a las Partes en virtud del presente Contrato constituirá una renuncia a su ejercicio en el futuro.

18.4.- Exhaustividad.- Las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares que suscriban las Partes contienen la totalidad de los acuerdos existentes entre las Partes en relación con el objeto del mismo. Los mismos podrán ser modificados atendiendo a lo previsto en las presentes Condiciones.

19. Derecho de Desistimiento. APPS PROTECT reconoce al CLIENTE su derecho de desistimiento del Contrato hasta pasados catorce o, en el caso de visitas no solicitadas, treinta días naturales contados desde el momento de la firma del contrato, sin necesidad de alegar causa alguna, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios en el caso de contratos celebrados a distancia y fuera de establecimientos mercantiles. En caso de desistimiento, APPS PROTECT realizará el cobro del importe proporcional a los servicios efectivamente prestados hasta el momento de desistimiento.

20. Vulneración de Seguridad de Sistemas Informáticos. Todas las obligaciones y responsabilidades asumidas por APPS PROTECT conforme al Contrato podrán ser suspendidas por APPS PROTECT en caso de vulneración de la seguridad de los equipos, sistemas informáticos o redes de comunicación de APPS PROTECT o del CLIENTE, así como de interrupciones o suspensiones del servicio de conexión a las redes de telecomunicaciones, incluyendo situaciones de fuga de información, adulteración de la información, intervención o intromisión ilegal de los sistemas, de comunicación o software por malware (entre otros virus, troyanos, gusanos) y demás rutinas de programación perjudiciales de terceros, sin que la presente enumeración sea limitativa de otras formas que puedan alterar y/o afectar equipos, sistemas informáticos y/o de comunicación de APPS PROTECT o del CLIENTE (en adelante, Incidente de Seguridad Informático). La ejecución del Contrato se reanudará automáticamente una vez que el servicio se pueda prestar en las mismas condiciones anteriores al Incidente de Seguridad Informático. En caso de que el CLIENTE identifique un Incidente de Seguridad Informático, deberá comunicarlo por cualquier medio a APPS PROTECT dentro de las 24 horas siguientes de haber tomado conocimiento del mismo. Las Partes declaran entender y aceptar que un Incidente de Seguridad Informático constituirá caso fortuito o fuerza mayor, para todos los efectos contractuales y legales derivados de la prestación del servicio.

21. Normativa aplicable y resolución de conflictos.

21.1.- El presente Contrato y las actividades derivadas del mismo, sin perjuicio del cumplimiento de las normas generales que le sean de aplicación, se regirá por la normativa reguladora de Seguridad Privada.

21.2.- En caso de que el CLIENTE ostente la condición de consumidor y usuario en atención a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, y demás disposiciones aplicables.

21.3 En caso de controversia acerca de la interpretación o ejecución de las mismas, el CLIENTE podrá dirigirse, para la resolución de los conflictos derivados o relacionados con el servicio a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

22. Lugar.

22.1.- Los servicios se prestarán en relación con el inmueble especificado en las Condiciones Particulares. El CLIENTE se compromete a proporcionar a APPS PROTECT todos aquellos datos que esta pueda requerirle en relación con el mismo, con el objeto de ayudar a la localización del lugar de la instalación del Sistema informático por parte del personal técnico, etc.El CLIENTE se compromete asimismo a notificar con carácter inmediato cualquier cambio que pueda producirse en relación con dichos datos.

23. Firma electrónica. Las Partes acuerdan que, en aquellos casos en los que se encuentre disponible este proceso, el presente Contrato se perfeccionará mediante firma electrónica, por lo que ambas Partes aceptan que la utilización del procedimiento que se describe a continuación tendrá la misma validez que la utilización de una firma manuscrita. Para garantizar la eficacia jurídica de este procedimiento, las Partes designan al proveedor de servicios digitales ZOHO SIGN o al proveedor homologado que APPS PROTECT designe (en adelante, Proveedor de Servicios Digitales) para que proceda a certificar y a consignar la fecha y la hora en la que las comunicaciones han tenido lugar. Para la perfección de la relación contractual, a través de un dispositivo electrónico se introducirán en la aplicación proporcionada por Proveedor de Servicios Digitales, los datos del CLIENTE para cumplimentar las Condiciones Particulares del Contrato. A continuación, se adjuntarán en la aplicación los documentos necesarios para la contratación. APPS PROTECT mostrará al CLIENTE el Contrato completo para su lectura. El CLIENTE recibirá un correo electrónico remitido por el Proveedor de Servicios Digitales que acompañará un código de verificación, el cual deberá ser introducido en la aplicación a fin de que la contratación quede completamente validada. La cuenta de correo electrónico proporcionado deberá coincidir con el contenido en las Condiciones Particulares del contrato. El CLIENTE recibirá copia del Contrato suscrito a través de su correo electrónico, sin perjuicio de que este pueda ser entregado en papel si así lo solicita el CLIENTE. Las Partes acuerdan que, en el caso de que para la prestación de los servicios adicionales que APPS PROTECT pueda proporcionar al CLIENTE al amparo del Contrato suscrito, se estableciese el uso del sistema digitalizado de recogida de firmas, este autoriza a la persona física con capacidad de obrar que se encuentre en el lugar de prestación del servicio, la firma de los documentos acreditativos de la prestación de estos servicios, aceptando que la firma digitalizada es un medio de prueba válido para la ejecución del presente Contrato y que, la oposición a este medio de prueba implica la imposibilidad de celebrar y ejecutar el Contrato. APPS PROTECT garantiza que la firma digitalizada del CLIENTE se tratará con la finalidad de acreditar la existencia y ejecución de la relación contractual y que no será destinada a otros fines.

24. Reclamaciones. Sin perjuicio de otras acciones legales previstas en derecho, las reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios, tarifas, facturación, calidad o cualquier otra cuestión que pueda plantearse en relación con la prestación del Servicio, podrán dirigirse a APPS PROTECT, a través de los números de atención telefónica habilitados al efecto o por correo electrónico a gestiondeclientes@appsprotect.com, en el plazo de un mes a contar desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho o causa que motiva la reclamación, sin perjuicio de aquellos supuestos en los que la normativa vigente establezca otros plazos para ello, en cuyo caso serán éstos de aplicación. En determinadas circunstancias, y para la mejor resolución de aquellas, APPS PROTECT podrá ofrecer al CLIENTE la presentación de la reclamación por escrito. En el mismo momento de formular la reclamación, se facilitará al CLIENTE el número de referencia de la misma y, además, podrá solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación. Formulada la reclamación, si el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de APPS PROTECT, en el plazo de un mes, podrá dirigir su reclamación ante los órganos que corresponda.